Nueva victoria sobre los bancos
El miércoles 11 de septiembre el Tribunal Supremo, ha seguido los criterios del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, declarando nulas las clausulas que permitía a las entidades bancarias ejecutar las hipotecas con tres cuotas impagadas, llamadas de vencimiento anticipado. Extendiendo los plazos establecidos en la reforma de la ley hipotecaria para las hipotecas firmadas desde mayo de 2019, a todas las anteriores. Los plazos para ejecutar una hipoteca y desahuciar a alguien, son 12 meses o un 3 % del importe total del préstamo en la primera mitad de la vida de un préstamo. O 15 meses o un 7 % del capital en la segunda mitad del préstamo.
Los bancos no podrán ejecutar las hipotecas con menos de un año de impago
Ningún tribunal admitirá una demanda de ejecución hipotecaria sino se cumplen estos criterios.
Nueva victoria del consumidor contra la banca, mientras esperamos la Sentencia del Tribunal Europeo sobre las hipotecas con el índice IRPH